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Lo que dice la ordenanza:
"Artículo 1".- Del beneficio de infracciones. Otorgar beneficio de amnistía no tributario, en el pago de las deudas por infracciones al tránsito y transporte, impuestas hasta el día 25 de mayo del 2017.
Artículo 2°.- Del beneficio para liberación del vehículo. Otorgar el beneficio de las deudas no tributarias, originadas por concepto de internamiento de vehículos, recaídos sobre las unidades motorizadas internadas en el depósito municipal vehicular hasta el 25 de mayo del 2017, por disposición judicial, fiscal, policial, infracciones y otros.
Artículo 3°.- Del beneficio de descuento. Otorgar el beneficio de descuento del 80% a todas las infracciones al tránsito y transporte, impuestas y/o cometidas hasta el año 2017, y en caso de M1 y M2 del 50% de descuento desde el año 2014 al 2017, siempre que los conductores y propietarios de unidades vehiculares infraccionados se apersonen por ante la Municipalidad Provincial de Cañete y efectúen el pago al contado y en efectivo conforme a liquidación; el presente beneficio comprende las deudas que se encuentren en proceso de cobranza vía administrativa, así como en la vía de ejecución coactiva.
(...).”
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