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Una última ordenanza de la Municipalidad Distrital de Comas prohíbe construcciones que invadan la faja de servidumbre de electroductos e incumplan las distancias de seguridad en el distrito. La multa por esta infracción se establece en 1 UIT y, como medida complementaria, la demolición. [MDC, Ord. 509-2017-MC, 7/07/17]
Ficha:
Entrada en vigencia: Desde el 8/07/2017.
Modificaciones y derogaciones: Modifica el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas, aprobado por la Ordenanza Municipal N° 275-2008-C-MC.
Lo que dice la ordenanza:
“Artículo Primero.- Señalar los lineamientos técnicos y legales para evitar construcciones, aprobaciones de proyecto de habilitación urbana y/o planos visados para servicios básicos, en áreas comprendidas dentro de las fajas de servidumbre de las líneas de transmisión, de conformidad a lo establecido en la Regla 219.B del Código Nacional de Electricidad - Suministro 2011, aprobado por Resolución Ministerial N° 214-2011-MEM-DM que establece que los gobiernos locales y otras entidades encargadas de proyectos de habilitación urbana deben conservar y cumplir los criterios técnicos de Seguridad eléctrica y mecánica y servidumbre o distancias de seguridad.
(...)."
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