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Vivienda modifica el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Saneamiento Urbano

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento oficializa la modificación del “Manual de Operaciones del Programa Nacional de Saneamiento Urbano - PNSU”, aprobado por la Resolución Ministerial N° 106-2017-Vivienda.

 
 
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Desde el campo legal, la entidad ministerial modifica los artículos 16 (Funciones de la directiva ejecutiva), 39 (Unidad de gestión territorial), 40 (Funciones de la unidad de gestión territorial), 41 (Áreas territoriales), 42 (Funciones de las áreas territoriales), y 45 (numeral 45.1) (Cuadros de puestos del programa). Además, modifica el anexo "Organigrama, del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Saneamiento Urbano". [Mivivienda, R. M. 234-2017-Vivienda, 20/06/2017]

Ficha:

Entrada en vigencia: Desde el 21/06/2017.

Modificaciones y derogaciones: Modifica los artículos 16, 39, 40, 41, 42 y 45 de la R. M. N° 106-2017-Vivienda.

Lo nuevo de la resolución, entre otros, es lo siguiente:

“Artículo 16.- Funciones de la dirección ejecutiva. Las funciones de la dirección ejecutiva son las siguientes:

(...).

s) Designar al personal de confianza, en el marco de la normativa correspondiente; y,

t) Ejercer las demás funciones que le delegue o encargue el/la viceministro(a) de Construcción y Saneamiento.

(...).

Artículo 39.- Unidad de Gestión Territorial. La Unidad de Gestión de Territorial, es responsable de supervisar, coordinar y evaluar el trabajo articulado de las funciones desconcentradas del PNSU, dar asistencia técnica, diagnosticar, y orientar técnicamente a los gobiernos regionales, gobiernos locales y prestadores de los servicios de saneamiento en el ámbito urbano, así como de efectuar la evaluación y asistencia técnica de los proyectos por encargo.

La Unidad de Gestión Territorial está a cargo de un responsable de la unidad quien depende funcional y orgánicamente de la Dirección Ejecutiva y mantiene relaciones funcionales y de coordinación con las unidades del PNSU y cuenta con las áreas territoriales.

(...).”