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Municipalidad de Talara fijó importes mínimos en S/ 24,30 y S/ 60,75 para impuestos predial y vehicular

El 1 de marzo del 2017, la Municipalidad Provincial de Talara publicó la Ordenanza Municipal N° 03-03-2017-MPT. En este texto establece que: "(…) para el ejercicio fiscal 2017, la suma de S/ 24,30, como importe mínimo a pagar por concepto de Impuesto Predial equivalente al 0,6% de la Unidad Impositiva Tributaria para el año 2017, que es de S/ 4.050”. Asimismo, establece “la suma de S/ 60,75 como monto mínimo a pagar por concepto de Impuesto Vehicular”. La entidad municipal prorrogó además, la fecha de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y los arbitrios municipales de la primera cuota trimestral hasta el 31 de marzo del 2017. [MPT, Ord. 03-03-2017-MPT, 1/03/2017]

Ficha:

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.

Entrada en vigencia: Desde el 2/03/2017.

 
 
 
 
 

Edificaciones informales ejecutadas en Breña podrán regularizarse hasta el 31 de diciembre del 2017

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La Municipalidad Distrital de Breña implementa una campaña para que los vecinos del distrito se acojan al procedimiento de regularización de las edificaciones efectuadas a partir del mes de setiembre del año 2008 hasta abril del año 2017, proceso que podrán iniciar hasta el 31 de diciembre del 2017. [MDB, Ord. 485-2017-MDB, 17/5/2017]

 

Ficha:

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.

Entrada en vigencia: Desde el 18/05/2017.

 
 

El artículo 1° del documento edil citado indica:

“(...) [l]a presente ordenanza tiene por objeto establecer un procedimiento adicional, especial y simplificado dentro de un período extraordinario para la formalización de las edificaciones existentes de uso residencial, que hayan sido ejecutadas desde setiembre del 2008 hasta abril del 2017 inclusive, sin licencia de edificación y para aquéllas que contando con licencia de edificación quieran regularizar las modificaciones que hayan ejecutado. Asimismo, que cumplan con los requisitos y normativa que se mencionan en este mismo dispositivo, incentivando con ello la formalidad en las edificaciones. (...)”.

El artículo 3° precisa que "[p]odrán acogerse (...), todas aquellas personas naturales o jurídicas, sean propietarias de las edificaciones que hayan sido construidas sin licencia edificación y que hayan sido ejecutadas desde setiembre del 2008 hasta abril del 2017 inclusive”.

 
 

Dato adicional:

“Artículo 13.- Impedimentos. No podrá acogerse a esta ordenanza, las edificaciones que tengan las características siguientes:

  • Para el caso de predios o inmuebles en mal estado de conservación (la municipalidad se reserva el derecho de calificar el estado en que se encuentren las edificaciones).
  • Aquellas edificaciones que no cumplan con la normativa vigente.
  • Aquellas edificaciones que se encuentren en vía de ejecución coactiva, con medida cautelar firme en ejecución (mandato de demolición).
  • Aquellas edificaciones que se encuentren con cargas inscritas relativas a incumplimiento de parámetros o normas urbanísticas; a excepción de las edificaciones que dentro del proceso de formalización se encuentren levantando las mismas.
  • Aquellas edificaciones que se encuentren con gravámenes, a excepción de las que cuenten con autorización de la entidad financiera en caso de gravámenes tipo hipoteca.
  • Las edificaciones en bienes inmuebles que constituyan Patrimonio Cultural de la Nación declarado por el Ministerio de Cultura y/o que se encuentren construidas sobre zonificación ZTE-2.
  • Las edificaciones que se encuentren en litigios, denuncias policiales, procesos judiciales o que presenten algún impedimento legal inscrito en Registros Públicos, no podrán acogerse a estos beneficios.
  • Aquellas personas que no se encuentren al día en su pago de arbitrios municipales”.
 
 
 
 
 
 
 

Breña publica lista de ordenanzas no vigentes

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En el marco de la Ley N° 29477, que inicia el proceso de consolidación del espectro normativo peruano, la Municipalidad Distrital de Breña declara no vigentes las ordenanzas correspondientes a los años 2010 al 2016; conforme al anexo que forma parte integrante de esta norma municipal.

Se derogan, por ejemplo:

Ordenanza N° 424: "Aprueba alturas para viviendas multifamiliares en el distrito de Breña para promover la calidad residencial de servicio, regular los parámetros urbanísticos, edificatorios y normas complementarias para los proyectos de trámites de licencia de edificación, publicada el 14 /11/2014".

Ordenanza N° 443: "Regula el régimen especial de regularización de licencia de edificación en el distrito de Breña, con un plazo hasta el 3 de diciembre 2015, publicada el 31/08/2015".

[MDB, Ord 486-2017/MDB, 17/05/2017]

Ficha:

Modificaciones y derogaciones: Descargar listado.

Entrada en vigencia: Desde el 18/04/2017.