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Indecopi investiga presuntas prácticas de subvenciones en las exportaciones al Perú de etanol originario de los EE.UU.

exportacion

La Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales no Arancelarias resolvió el inicio de un procedimiento de investigación por presuntas prácticas de subvención en las exportaciones al Perú de etanol, en forma de alcohol etílico desnaturalizado o alcohol etílico anhidro sin desnaturalizar con un máximo de 0,5% de contenido de humedad, originarias de los Estados Unidos de América. Esta decisión se notifica a la empresa Sucroalcolera del Chira S.A., que fue quien presentó la solicitud. La comisión invita también a todas las partes interesadas a apersonarse al procedimiento y presentar la información y pruebas que sustenten sus posiciones. Para efectos del análisis de la solicitud de inicio de investigación presentada por Sucroalcolera, el Indecopi considera el período comprendido entre enero y diciembre del 2016, así como el período comprendido entre enero del 2014 y diciembre del 2016 para determinar la existencia de indicios del daño y la relación causal. Ello, en la medida que ambos períodos propuestos en la solicitud resultan acordes con las recomendaciones establecidas por los órganos técnicos de la OMC. [Indecopi, R. 07-2017/CDB-Indecopi, 11/5/2017]

Ficha:

Materias relacionadas: Derecho Administrativo/Derecho Comercial

Fuentes normativas: Decreto Supremo Nº 006-2003-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 004-2009-PCM (Reglamento sobre Medidas Antidumping y Compensatorias).

Modificaciones y derogaciones: Ninguna

Entrada en vigencia: Desde el 11/5/2017

 
 
 
 
 

OSCE publica directiva sobre gestión de riesgos en la planificación de ejecución de obras

bavilejo

En el marco de lo dispuesto por el artículo 54 de la Ley de Contrataciones del Estado, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) aprueba la Directiva N° 012-2017-OSCE/CD “Gestión de riesgos en la planificación de la ejecución de obras”. El texto de este documento, que busca complementar el marco normativo establecido en el Decreto Legislativo N° 1341, norma que modifica la Ley N° 30225 y el Decreto Supremo N° 056-2017-EF, se publica en el portal del Estado peruano (www.peru.gob.pe) y en el portal institucional del OSCE (www.osce.gob.pe). [OSCE, R.  014-2017-OSCE/CD, 10/5/2017]

Ficha:

Materias relacionadas: Derecho Administrativo/Contratación Estatal

Fuentes normativas: Ley N° 30225 (Ley de Contrataciones del Estado, modificada por D. Leg. 1341), Decreto Supremo N° 076-2016-EF (Reglamento de Organización y Funciones del OSCE), Decreto Legislativo N° 1341, norma que modifica la Ley N° 30225 y el Decreto Supremo N° 056-2017-EF.

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.

Entrada en vigencia: Desde el 11/5/2017

 
 
 
 
 

Perú impone requisitos fitosanitarios para importar manzana y pera de Portugal y arroz grano descascarillado de Brasil

manzanas

El Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri) estableció los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación de los siguientes productos: a) fruta fresca de manzana (Malus domestica Borkh.) de origen y procedencia Portugal, b) fruta fresca de pera (Pyrus communis L.) de origen y procedencia Portugal, c) arroz grano descascarillado (Oryza sativa) de origen y procedencia Brasil.

La institución también aprueba los requisitos fitosanitarios generales para tránsito internacional de granos considerados en la CRF 3 y productos considerados en la CRF 2 y los requisitos fitosanitarios específicos para tránsito internacional de granos considerados en la CRF - 3. [Senasa, R. D. 0013-2017-Minagri-Senasa-DSV, R. D. 0014-2017-Minagri-Senasa-DSV, R. D. 0016-2017-Minagri-Senasa-DSV, R. D. 0017-2017-Minagri-Senasa-DSV, 10/05/2017]

Ficha:

Materias relacionadas: Derecho Internacional

Fuentes normativas: Decreto Legislativo Nº 1059 (Ley General de Sanidad Agraria); Decreto Supremo Nº 018-2008-AG (Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria)

Modificaciones y derogaciones: Resolución Directoral N° 030-2013-Minagri-Senasa-DSV; Resolución Directoral N° 001-2017-Minagri-Senasa-DSV.

Entrada en vigencia: Desde el 11/5/2017

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

Gobierno impulsa implementación progresiva de la interoperabilidad en beneficio del ciudadano

interoperabilidad

La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) modifica el numeral 3.2 del artículo 3° de la norma que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa (Decreto Legislativo N° 1246), con la finalidad de ampliar la información o documentación que permita que las entidades de la administración pública de manera gratuita, a través de la interoperabilidad, interconecten, pongan a disposición, permitan el acceso o suministren la información o bases de datos actualizadas que administren, recaben, sistematicen, creen o posean referida a los usuarios o administrados, que las entidades del Poder Ejecutivo requieran necesariamente, de acuerdo con la ley, para el trámite de sus procedimientos administrativos y para sus actos de administración interna. Las modificaciones se publican en el portal web del Estado peruano (www.peru.gob.pe), y en el de la institución (www.pcm.gob.pe). [PCM, D. S. 051-2017-PCM, 10/05/2017]

Ficha:

Materias relacionadas: Derecho Administrativo

Fuentes normativas: Decreto Legislativo Nº 1246 (Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa), Decreto Supremo N° 022-2017-PCM (Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros)

Modificaciones y derogaciones: Decreto Legislativo Nº 1246 (Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa),

Entrada en vigencia: Desde el 11/5/2017